Paso 1: Comprobar si se cumplen los requisitos de comunicación previa
Es suficiente comunicar la realización de obras, sin necesidad de esperar a tener licencia, si las obras a realizar son alguna o varias de las siguientes (hay más, pero estas son las más usuales):
- Modificación, reforma o rehabilitación de la construcción, cuando sea parcial y no altere a la estructura, ni se amplíe o derribe ninguna construcción
- Cerramientos o vallados
- Vallas o carteles publicitarios visibles desde la vía pública
- Obras menores de sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpitería interior, fontanería, electricidad, enlucido o pintura
Paso 2: Comunicar las obras o solicitar licencia
Si se cumplen los requisitos del paso 1, se puede descargar y presentar el formulario disponible en Trámites - Obras - Declaración responsable. Si no se cumplen, se puede descargar y presentar el formulario de solicitud de licencia de obras disponible en Trámites - Obras - Licencia de obras. Debe revisarse detenidamente la documentación que se exige en cada caso.
Notas importantes
- Según la cantidad o importancia de las obras, puede ser necesario un proyecto de obras
- Independientemente de que se comunique las obras o se conceda una licencia, se deberá que abonar al Ayuntamiento el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras que corresponda (actualmente el 2,5% del presupuesto de ejecución material)
- El Ayuntamiento puede inspeccionar las obras en cualquier momento (mientras se estén haciendo o cuando ya estén terminadas) para comprobar si se ajustan a lo solicitado o comunicado, además de verificar el cumplimiento de la normativa vigente