Paso 1: recopilar documentación
Para empadronarse, todas las personas a empadronar deben aportar la documentación siguiente:
- Fotocopias de los DNI o documento equivalente de todos los mayores de 15 años
- Algún documento que acredite residencia o propiedad en el domicilio: escritura de compraventa, contrato de alquiler, algún recibo de suministro de la vivienda (agua, luz, gas...)
Documentación adicional para menores de edad
Para empadronar a menores de edad, se debe aportar además de lo anterior:
- Copia del libro de familia o certificado de nacimiento, o DNI en caso de tenerlo
Si existe alguna circunstancia familiar que impida el empadronamiento (o, al menos, la firma en la solicitud) de ambos progenitores es necesario:
- En caso de separación, divorcio u otras situaciones similares: documento oficial que acredite la guarda y custodia y, en algunos casos, también rellenar la declaración responsable disponible en el apartado Trámites - Padrón Municipal de Habitantes
- Menores emancipados: resolución judicial al efecto
Documentación adicional para extranjeros
Las personas que no sean de nacionalidad española deben aportar copia de su tarjeta de residencia, pasaporte o documento equivalente en vigor.
Es importante recordar lo siguiente:
- En caso de tener tarjeta de residencia: éste es el documento que se debe aportar.
- En caso de poseer un certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros: se debe aportar también una copia del pasaporte o documento de identificación del país de origen
- En caso de tener alguno de los anteriores, caducado: se debe aportar también la solicitud de renovación del documento en cuestión
- Personas procedentes de un país de la UE: es posible aportar el documento de identificación del país de origen, siempre que incluya fotografía
- Personas procedentes de paises que no sean miembros de la UE en caso de no tener todavía la tarjeta de residencia: se debe aportar copia del pasaporte en vigor
- En caso de no tener tienes autorización de residencia permanente o de larga duración: se debe renovar el empadronamiento cada dos años
Paso 2: rellenar y firmar la solicitud
Este paso se puede realizar en casa o en el Ayuntamiento. En el apartado Trámites - Padrón Municipal de Habitantes se muestra un enlace a la sede electrónica (trámite electrónico) y un formulario (trámite presencial). Rogamos leer detenidamente las instrucciones para evitar errores o equivocaciones.
- Deben firmar todos los mayores de edad que consten en la hoja de solicitud.
- En caso de empadronarse en un domicilio donde ya figuren personas empadronadas, debe firmar la hoja de solicitud y aportar su DNI el/la propietario/a de la vivienda.
Requisitos adicionales para empadronar a menores de edad
- La solicitud debe ir firmada por ambos progenitores
- En caso de no ser posible la firma de ambos, el progenitor que se empadrone debe rellenar la Declaración responsable de empadronamiento de menores no emancipados que se puede descargar en Trámites - Padrón Municipal de Habitantes (en algunos casos se exige la firma de ambos progenitores)
- Cuando exista separación, divorcio o similar, debe firmar la solicitud el progenitor o tutor legal que tenga la custodia
Paso 3: entregar la documentación
Existen dos únicas maneras de solicitar formalmente el empadronamiento:
- A través de la sede electrónica: para ello se debe contar con certificado o DNI electrónico, y aportar toda la documentación exigida en el trámite
- Presencialmente: para realizar este paso es obligatorio acudir al Ayuntamiento con la documentación exigida
Al entregar la documentación ésta se revisará y, si todo está bien, el trámite habrá finalizado.
No se aceptarán solicitudes enviadas por correo postal o electrónico.
Y después...
Es probable que sea necesario cambiar el domicilio fiscal o el de algún vehículo, o cambiar de médico de cabecera. Para ello Ayuntamiento facilitará tantos certificados de empadronamiento como sean necesarios, aunque en la actualidad, al emitirse documentos con firma electrónica y código de verificación, es válido hacer copias o escanear el certificado entregado, si hacen falta más ejemplares. Es aconsejable solicitarlos solamente cuando se vayan a utilizar, ya que en algunos organismos pueden exigir que el certificado sea reciente.