En esta página se describen los trámites administrativos que se deben realizar ante el Ayuntamiento de Sariegos cuando se transmite una propiedad inmobiliaria.
¿Escritura pública o documento privado?
Es recomendable, para la seguridad de todas las partes implicadas, que cualquier transmisión de propiedades cuente con el respaldo de una escritura pública ante notario. En su defecto, como mínimo es aconsejable que exista algún documento en que consten los datos de la transmisión y la firma de todas las personas interesadas.
Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
Siempre que se realice con prontitud el cambio de titularidad catastral en la Dirección General de Catastro, la emisión de los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles se actualiza de forma automática. Es importante señalar que la responsabilidad tributaria y la obligación de pago del recibo de este impuesto recae sobre quien figure como titular catastral del bien inmueble el día 1 de enero del año de que se trate.
Impuesto del Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)
Este impuesto municipal (también llamado "plusvalía") se genera al transmitir una propiedad que tenga clasificación urbana a efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Con efecto desde el día 13/10/2020, este impuesto se ha suprimido en el municipio de Sariegos, por lo que no es necesario realizar trámite alguno al respecto.